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INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LAS SECTAS
José Luis González Álvarez, José Ibáñez Peinado y Ana María Muñoz Rodríguez
Licenciados en Psicología. Servicio de Policía Judicial de la Guardia Civil. Jefatura de Servicios y Delincuencia. Departamento de Análisis Criminal
Este artículo se centra en los siguientes temas:
¿Qué es una secta? ¿Qué tipos de sectas contemporáneas
existen? ¿Qué es una secta destructiva? ¿Qué legislación
existe en España? ¿Quién ingresa en sectas y por qué? ¿Por
qué algunas sectas utilizan técnicas manipulativas de persuasión
y control? ¿Qué pueden hacer las familias de los sectarios? ¿Qué
puede hacer la policía? Y, finalmente, ¿cual es la relación entre
sectas y psicología?
This paper focuses the following concerns: What is a cult?
What types of contemporary cults exist? What is a destructive cult? What about
the legislation in Spain? Who joins cults and why? Why some cults employ manipulative
techniques of persuasion and control? What can families of cultists do? What
can police forces do? And finally, what is the relationship between cults and
psychology?
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Correspondencia: José Luis González Álvarez.
Servicio de Policía Judicial de la Guardia Civil. Jefatura de Servicios
y Delincuencia. Departamento de Análisis Criminal. C/ Guzmán el
Bueno 110. 28003 Madrid. España. E-mail: jlgonzalez@cop.es El fenómeno de las sectas es tan amplio como complejo,
y en estos tiempos de cambio de milenio está, siguiendo el tópico,
"de rabiosa actualidad": basta recordar el dramático episodio
protagonizado en Uganda el pasado mes de marzo por la secta "Restauración
de los Diez Mandamientos", en el que resultaron muertas centenares de personas
en lo que parecía un suicidio colectivo que luego se tornó en
asesinato en masa o exterminio. Numéricamente, hoy en día el fenómeno
es mucho mayor que en ningún otro momento de la historia, proliferación
que puede deberse a diferentes motivos, entre los que se encuentran la influencia
psicosocial de los medios de comunicación (como la prensa diaria, el
movimiento editorial en torno a las sectas o las películas predictoras
del fin del mundo), la crisis de las religiones tradicionales y el ya citado
cambio de milenio, sin que los sucesos dramáticos y espeluznantes protagonizados
por algunos grupos sectarios que han sido portadas de todos los diarios parezca
desanimar esta expansión. Al respecto, junto al de Uganda también
podríamos recordar otros sucesos dramáticos recientes, como el
suicidio con cianuro de los 914 seguidores de "El Templo del Pueblo",
en Guyana en 1978; los sucesos de 1993, en los que murieron 87 miembros (entre
ellos 18 niños) de la secta davidiana "Waco" liderada por David
Koresh; el suicidio colectivo de 53 personas, en 1994, pertenecientes a la secta
"Templo del Sol" (Suiza y Canadá); el atentado de "La
Verdad Suprema" en Japón, que mató en 1995 a 12 personas
con gas sarín; también en ese mismo año, pero en Francia,
el suicidio ritual y colectivo de 16 miembros (entre ellos 3 niños) de
la secta "Orden del Templo Solar"; y, para terminar, el suicidio colectivo
en 1997 de 39 personas, miembros de la secta "Heavens-Gate", en el
rancho de Santa Fe de San Diego de California. Por consiguiente, ¿cuál
es la realidad del fenómeno sectario?
DEFINICIÓN DE SECTA
Etimológicamente suele atribuirse al término
"secta" un étimo latino con doble procedencia: por un lado
el verbo latino sequor-sequi, secutus/secuta, significando seguir, seguido/a,
que reflejaría el seguimiento de los adeptos al fundador o líder
de la secta; por otro la posible derivación seco-secare, sectus/secta,
que alude a la separación de un grupo, al desgajamiento de una rama
de un árbol o religión e ideología ya existente y más
numerosa (Altarejos y cols., 1999). En español, esta segunda acepción
parece ser el verdadero étimo de secta. La Real Academia Española
de la Lengua (en su diccionario de 1970) da dos acepciones muy relacionadas
de lo que en castellano significa secta: la primera como "doctrina particular
enseñada por un maestro que la halló o explicó, y seguida
y defendida por otros", y la segunda sería una "falsa religión
enseñada por un maestro famoso".
Un estudioso de este campo (Rodríguez, 1990), las define
como "grupo de personas aglutinadas por el hecho de seguir una determinada
doctrina y / o líder y que, con frecuencia, se ha escindido previamente
de algún grupo doctrinal mayor, respecto al cual, generalmente, se encuentran
críticos". Pilar Salarrullana, otra experta, apunta hacia una definición
sociológica como "grupo convencional de gentes que participan de
las mismas experiencias, aportándoles diferentes factores: de seguridad
y certeza, afectivo y rigorismo doctrinal, disciplinar y moral" (Salarrullana,
1990). Por fin, el especialista Manuel Guerra y Cols (1999) las define como
"clave existencial, teórica y práctica, de los que pertenecen
a un grupo autónomo, no cristiano, fanáticamente proselitista,
exaltador del esfuerzo personal y expectante de un cambio maravilloso, ya colectivo
-de la humanidad-, ya individual o del hombre en una especie de super-hombre".
La palabra "secta" parece ir cargada de un cierto
tono peyorativo o descalificador. A ninguna le gusta ser identificada como tal,
aunque lo sean, por lo que han tratado de introducir otras denominaciones más
neutras y descomprometidas como "nuevos movimientos religiosos", "nueva
religiosidad", "movimientos religiosos alternativos", o "nuevos
cultos". Estos Nuevos Movimientos Religiosos Alternativos (N.M.R.A.) se
caracterizan por ser recién nacidos, tener un éxito expansivo
debido a la configuración del medio social como una sociedad de información,
por su sincretismo religioso en el cuerpo doctrinal y normativo, por constituir
una alternativa a la religiosidad y sociedad establecidas, por un proselitismo
fuerte, por afirmar la falsedad de la religión existente y por pretender
un cambio radical. En ellos estarían incluidos las antiguas sectas desgajadas
de las grandes religiones, las sectas surgidas a raíz del Gran Despertar
angloamericano del XVIII y XIX, así como, el Nuevo Despertar del siglo
XX o "New Age" (Bosch, 1981).
TIPOLOGÍAS
Hablemos de sectas o de nuevos movimientos religiosos, para
realizar una clasificación tipológica de estos grupos se puede
atender a diferentes criterios. Para G. Ferrari (1991) los criterios son los
de la matriz religiosa o teológico-doctrinal subyacente, complementado
con la atención al origen histórico: hebrea, cristiana ("Davidianos",
"Supremo Orden Universal de la Santísima Trinidad"), islámica
("Nizaríes"), oriental ("Meditación Trascendental"),
religiones tradicionales o tribales ("Iglesia del Señor"),
sectas de características unificacionistas ("Moon: Iglesia de la
Unificación del Cristianismo Mundial"), de características
traumáticas-terapéuticas de desarrollo de potencialidades ("La
Comunidad", "Agora", "Movimientos del Potencial Humano"),
sectas esotéricas ("Neognosis: Iglesia Gnóstica Albigense
Española") y sectas satánicas ("La Pirámide de
Seth", "Comunidad del Espíritu de la Gran Águila",
"Juicio Nera").
B. Wilson ((1970) atiende a la doctrina de salvación
como criterio, clasificándolas en ocho tipos: conversionistas ("Bautistas
Del Séptimo Día"), revolucionistas ("Niños de
Dios", "Testigos de Jehová"), introversinistas ("Iglesia
Cristiana Palamariana", "Hermanos en Cristo"), manipulacionistas
("Alfa Omega", "CEIS", "Iglesia de la Cienciología",
"Raschimura"), taumatúrgicas ("Daniel del Vechio",
"Sociedad Teosófica"), reformistas ("Agora", "Edelweiss",
"Moon", "Ananda Marga"), utópicos ("Arco Iris",
"Hare Krishna") y mixtos ("Mormones").
Aprovechando la taxonomía de los autores anteriores
para precisar la orientación de los N.M.R.A., Sánchez Nogales
(1995) añade la ubicación cronológica. Así atenderíamos
a la antigüedad ("Metodismo", "Testigos de Jehová"),
a la época medieval/moderna ("Filadelfianos", "Hermanos
Hutterianos"), al "Gran Despertar" del primer tercio del siglo
XX ("Rosacruz Amorc", "Sociedad Religiosa de Amigos") y
al "Nuevo Despertar" producido desde los años 50 y 60 ("Niños
de Dios", "Asociación de Yoga Sanatana Dharma").
Atendiendo a los grados de peligrosidad y de menor a mayor,
nos encontraríamos con la siguiente clasificación: a) aquellas
que no dañan a sus adeptos ni económica ni físicamente,
como por ejemplo "LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS
DÍAS" (MORMONES); b) las que ocasionan daños económicos
o tratamientos médicos específicos en sus adeptos, como los "TESTIGOS
DE JEHOVÁ"; c) aquellas sectas que a las características
anteriores añaden la violencia física o limitan el pleno desarrollo
de la personalidad, como los "NIÑOS DE DIOS" (Tello, 1979;
ver el voto particular del Magistrado Vicente Gimeno en la Sentencia 260/1994
de la Sala Primera del Tribunal Constitucional, publicada en el Boletín
Oficial del Estado de 08-11-94); y d) aquellas que además de lo anterior
abarcarían el extremo máximo de la violencia, como "LA VERDAD
SUPREMA" ("AUM SHINRYKYO"), secta responsable del atentado en
el metro de Tokio el 20 de marzo de 1995, donde perdieron la vida 12 personas
y fueron heridas 5.500, utilizando el gas neurotóxico sarín (un
producto veinte veces más tóxico que el cianuro), hechos por los
que fueron detenidos el líder de la secta y 100 adeptos.
SECTAS DESTRUCTIVAS (S. D.)
Al margen de criterios meramente tipológicos, hay un
grupo de sectas que resultan socialmente inquietantes y potencialmente delictivas,
que son objeto de una atención especial por parte de los especialistas.
Son las denominados SECTAS DESTRUCTIVAS (S. D.), lesivas desde el punto de vista
psicológico, social y jurídico. Pepe Rodríguez (en Planes,
1994) considera S.D. a aquella que a) en su dinámica de captación
y o adoctrinamiento utiliza técnicas de persuasión que propician
la desestructuración de la personalidad del adepto o la dañan
severamente, b) ocasiona la destrucción total o grave de los lazos afectivos
y de comunicación efectiva del sectario con su entorno social habitual
y consigo mismo, y c) lleva a destruir, a conculcar, derechos jurídicos
inalienables en un Estado de Derecho. Si entendemos por S.D. todo movimiento
totalitario con una estructura jerarquizada (grupo cultural, religioso, científico,...)
en el que se presta absoluta devoción a una persona, doctrina o idea,
en el que se utilizan técnicas de manipulación, persuasión
y control, cuyos objetivos son el poder y / o el dinero, y que origina en los
adeptos una dependencia del grupo en detrimento de su entorno familiar y social,
para identificarlas habrá que fijarse cuando se analice la dinámica
de un grupo en los siguientes aspectos: en manos de quién reside el poder,
grado de respeto del líder hacia sus adeptos, si su estructura respeta
la libertad individual y vida familiar, en el origen, la utilización
y el control de las finanzas, y, por último, en las técnicas de
captación de los adeptos.
En España se han implantando dos grupos que los especialistas
califican de destructivos. En primer lugar la Iglesia de la Cienciología
("Church of Scientology"), creada en Estados Unidos y conocida en
España desde 1977 registrada como sociedad civil con el nombre de "Asociación
Civil Dianética". Su objetivo es "despertar" al Planeta
Tierra, de acuerdo a unas técnicas mentales de su fundador, liberando
a sus habitantes de un lavado de cerebro ocurrido hace 76 millones de años
por el dirigente de un gobierno galáctico. Es un grupo de estructura
piramidal con sede en Los Ángeles (California) y dividido en dos grandes
bloques "DIANÉTICA" y "CENTROS NARCONON". El primero
de ellos tiene sede en grandes capitales (Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao,...).
El segundo, con centros en Madrid, Sevilla, y Bilbao, entre otros, se encarga
de las clínicas de desintoxicación de drogadictos. La captación
se realiza a través de la propaganda o el abordamiento en la vía
pública con el ofrecimiento de unos cursos, en principio de costo asequible,
que aumenta de forma considerable posteriormente iniciándose un ciclo
de endeudamiento que lleva al individuo a trabajar para el grupo como opción
para pagar sus deudas. Por este sistema y a través de los centros de
desintoxicación se nutre económicamente. Ligadas a ella se encuentran
"NUEVA ERA" y la "FUNDACIÓN CAMINO DE LA FELICIDAD",
la primera especializada en publicaciones y publicidad (videos, películas,
libros, etc.) y la segunda ligada a Narconon, coordinando la celebración
de actos públicos. Ha sido sometida a investigación policial tanto
en España como en Estados Unidos donde sufrió un gran revés
policial-judicial a finales de los 80.
En segundo lugar la secta "CEIS" (Centro Esotérico
de Investigaciones), cuyo fundador e ideólogo, el catalán
Vicente Lapiedra Cerda, es conocido por las denuncias presentadas contra él
por abusar de niños de los que era su maestro. Tras un período
de silencio reaparece de nuevo en Barcelona como experto en ocultismo y esoterismo
ofreciéndose para enseñar artes como hipnosis, autosugestión
y ayuda psicológica, cosa que utiliza para la captación de adeptos
inicialmente, creando en ellos una dependencia psico-patológica, utilizando
también la atracción física de tipo homosexual y la coerción
para forzar su pertenencia al grupo. Con ello se va logrando una desvinculación
afectiva de su familia y amigos, la cesión de los bienes del captado
y, de forma específica, la formación obligada de parejas, la promiscuidad
sexual, la natalidad y asignación de paternidad internamente, etc. Estructurada
de forma piramidal, sus guías, que alcanzan diversos grados de espiritualidad
(medida ésta por su fanatismo), tutelan y dirigen las comunas en las
que viven los discípulos de base cuya integración se ha venido
produciendo gradualmente.
MARCO LEGAL
El motivo por el que las sectas han causado mayor o menor alarma
social se basa fundamentalmente, no tanto en sus actividades, la mayoría
de ellas de aspecto legal o pseudolegal, sino en los efectos que producen tanto
en la sociedad como en los individuos. Entre las iniciativas legales formuladas
para prevenir y combatir estos efectos, y como punto inicial de todos las demás,
hay que señalar la Resolución del Parlamento Europeo de 2 de abril
de 1984, en la que se da una definición de las sectas destructivas como
"nuevas formas que operan bajo la cobertura de la libertad religiosa, que
atenta a los derechos civiles y a los derechos humanos, comprometiendo la situación
social de las personas afectadas". Cuando España entró a
formar parte de las Comunidades Europeas no sólo se adhirió a
dicha Resolución sino que, el 25 de mayo de 1988, creó una Comisión
en el seno del Congreso de los Diputados ante una moción presentada por
la Diputada Nacional Pilar Salarrullana, que elevó sus conclusiones al
Pleno en 1989 (Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados nº 173, de 2
de marzo de 1989). En una de las comparecencias se puso de manifiesto que la
verdadera y única finalidad de estos grupos era el lucro económico,
que lo obtenían incumpliendo las normas fiscales, dándose la circunstancia
de que algunos de éstos se inscribían como sociedades sin ánimo
de lucro y que, además de las exenciones fiscales correspondientes a
dicho tipo societario, obtenían subvenciones oficiales.
Pero el problema del fenómeno sectario destructivo,
como bien quedó de manifiesto en dicha Comisión Parlamentaria,
es "la transgresión práctica del ordenamiento jurídico
existente", por lo que algunas de sus propuestas estaban orientadas en
este sentido. Entre ellas se pueden remarcar: a) "incrementar, hasta donde
la ley lo permita, el control de legalidad y la vigilancia de la aplicación
fraudulenta de los Estatutos de las entidades que soliciten su inscripción
en los registros públicos en calidad de entidades religiosas, culturales,
rehabilitadoras-terapéuticas y análogas"; b) realizar "inspecciones
fiscales y laborales sobre las entidades que, por sus Estatutos o por su notoria
actividad pública, presenten indicios de un movimiento económico...";
c) "promover la información policial especializada en relación
con la prevención y denuncia de las actividades sectarias de carácter
delictivo" y d) "controlar y exigir, hasta donde lo permitan las leyes,
el cumplimiento de los deberes de inscripción registral, higiénicos
y de escolarización en condiciones legales de los menores que viven en
comunidades cerradas al entorno social y a la convivencia general".
Pero estas recomendaciones se tienen que llevar a la práctica
dentro del marco legal existente y hasta donde las leyes lo permitan. Todo el
derecho positivo reglado en la mayoría de los estados de régimen
democrático tienen como base y fundamento disposiciones internacionales
reguladoras de la materia de que se trate, en este caso la defensa y protección
de derechos fundamentales. Por ello hay que hacer referencia a la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, de la Asamblea
General de la ONU y de conformidad con la cual, a tenor de lo establecido en
el Artículo (Art.) 10.2 de nuestra Constitución Española
(CE), han de "interpretarse" las normas contenidas en ésta;
el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las
Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950; la Declaración de
los Derechos del Niño de 1959; el Pacto Internacional de los Derechos
Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966 y el Pacto Internacional
de Derechos Económicos y Culturales de 16 de diciembre de 1966. Con referencia
a nuestro derecho positivo nacional es la CE la que, en sus Arts. 16 y 22, y
en atención a las declaraciones de derechos anteriormente citados, da
pie a la extensión del movimiento sectario, ya que "garantiza la
libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades
sin mas limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el
mantenimiento del orden público protegido por la ley".
Si bien las sectas como organizaciones o los que las componen
de forma individual pueden cometer cualquier tipo de infracción legal
y contra cualquier parte del ordenamiento jurídico, existen determinados
tipos delictivos que son más comunes: a) delitos contra la libertad (detenciones
ilegales, amenazas, coacciones, etc., tipificados en los artículos 163
a 172 del Código Penal actual - Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre,
del Código Penal, en adelante CP-), b) delitos de lesiones (tipificados
en los arts. 147 a 156 CP), c) torturas y otros delitos contra la integridad
moral (ats. 173 a 177 CP), d) delitos contra la libertad sexual (arts. 178 a
190 CP), e) delitos contra las relaciones familiares (arts. 217 a 233 CP), f)
defraudaciones (248 a 254 CP), g) delitos societarios (arts. 290 a 297 CP),
y h) delitos contra la hacienda pública (arts. 305 a 310 CP).
Respecto a la intervención policial y judicial sobre
las sectas, está claro que en muchos países (como en el nuestro)
no cabe perseguir a las personas por su ideología, pero lo que sí
es preceptivo de una forma universal es la investigación de conductas
delictivas, como las citadas en el párrafo anterior. Hay que reconocer
que llevar a cabo esas investigaciones de manera sistemática y efectiva
es complicado, dado el número de grupos sectarios, su organización
totalmente cerrada a los extraños, su movilidad, la diversidad de organizaciones
que les sirven de cobertura, la "arquitectura" económica del
complicado entramado de que disponen, y la dificultad de la prueba, por citar
algunos aspectos que las dificultan gravemente, incluso aún teniendo
un amplio conocimiento sobre su dinámica, siendo, por excelencia, la
investigación sobre los temas de contenido fiscal y laboral los que más
resultados positivos pueden aportar.
Afortunadamente, desde el punto de vista policial se puede
decir que en España las sectas plantean muy pocos problemas, por lo que
hay que distinguir claramente la DESTRUCTIVIDAD psicológica y / o social
de estos grupos de su CRIMINALIDAD. No es éste el momento de profundizar
en este debate, pero sí el de animar a que se haga en el futuro, atendiendo
a que en unos casos se ha llegado a condenar judicialmente a algunos de los
componentes de una secta (ver, por ejemplo, la Sentencia 1532/1993, de 21-06-92,
de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, sobre la secta "Edelweiss"),
mientras que en otros, sectas como "CEIS" y "Niños de
Dios", que han sido calificadas de destructivas por los especialistas,
después de haber sido sometidos algunos de sus miembros a investigaciones
policiales y procesos penales en nuestro país han obtenido sentencias
judiciales absolutorias (sobre "CEIS", ver las sentencias de 23-03-93
de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sobre el Recurso de Casación
nº 4406/1990, la Sentencia nº 41/1997 de 10-03-97 de la Sala Segunda del Tribunal
Constitucional, y la Sentencia de 14-10-99 del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos de Estrasburgo sobre la Demanda nº 37680/1997. Sobre "Niños
de Dios" ver la Sentencia 260/1994 de la Sala Primera del Tribunal Constitucional,
ya citada, y la Sentencia 1669/1994 de 30-10-94 de la Sala de lo Penal del Tribunal
Supremo).
SECTAS y PSICOLOGÍA
La psicología, como ciencia que estudia la conducta,
tiene mucho que decir en el tema de las sectas, principalmente porque hay que
tener en cuenta que a) en los grupos sectarios suelen ingresar personas psicológicamente
vulnerables o predispuestas, b) que en algunos de estos grupos se suelen emplear
técnicas de persuasión coercitiva para captar, adoctrinar y retener
a los adeptos, c) que como consecuencia de esas técnicas se propicia
la desestructuración de la personalidad previa de los sujetos, la aparición
de trastornos psicológicos, y la destrucción de los lazos afectivos
y de comunicación efectiva de las personas consigo mismo y con sus entornos
sociales habituales, y d) que es necesaria una intervención psicológica
profesional para ayudar a que los exadeptos consigan una rehabilitación
psicosocial satisfactoria.
¿Cómo o por qué se llega a pertenecer a una secta?
Aunque en psicología nos gusta hablar del "caso único"
para indicar que no hay dos personas iguales, lo que en el tema de las sectas
querría decir que cada adepto ha llegado a ingresar en su grupo sectario
llevado por una historia personal propia y diferente de la de los demás,
sí que se pueden encontrar algunos elementos comunes a la mayoría
de las trayectorias de estas personas, sin que por ello sea necesario que todos
los adeptos cumplan con todos estos criterios, ni en el mismo grado. Entre los
múltiples factores no excluyentes entre sí que, actuando de forma
combinada, pueden predisponer o propiciar el ingreso en una dinámica
sectaria hay que considerar:
a) Que los contenidos y formas del mensaje del grupo sectario
estén en sintonía con los esquemas mentales, necesidades, intereses
y valores existenciales del sujeto. Desde este punto de vista serán
más "captables" los sujetos insatisfechos con las opciones
religioso-espirituales disponibles en su entorno que busquen solución
a sus inquietudes existenciales, los atraídos por experimentar nuevos
estados de conciencia o de trance, y los que tiendan a procesar mentalmente
la información de una forma más mágica que racional.
b) Proximidad del "reclutador". Aumentará
la probabilidad de la captación si la persona de contacto con el grupo
sectario es significativa para el sujeto a captar y merecedora de su confianza,
en virtud de variables como su ascendencia (educativa, profesional o personal),
respetabilidad o grado de parentesco o de amistad, por ejemplo.
c) Que el sujeto atraviese una situación de crisis
en el momento de la captación, entendiendo por situación de
crisis cualquier acontecimiento problemático y / o doloroso experimentado
por el sujeto de manera puntual o continuada que lleve a los límites
su capacidad de afrontamiento y de resolución de problemas, o que incluso
las supere. En este tipo de estados el sujeto puede experimentar niveles elevados
de "malestar subjetivo" (en forma de ansiedad, angustia, trastornos
psicofisiológicos, desorientación, culpabilidad,...) que necesita
ser aliviado, cosa que se consigue, entre otros muchos modos, cediendo el
control de uno mismo a la disciplina de un grupo.
d) Juventud. Cuando el sujeto está todavía
en las fases evolutivas de construcción, definición o estabilización
de su identidad personal frente a la de sus educadores o iguales, se es más
receptivo a todo tipo de alternativas de conducta, y especialmente a aquellas
opciones que faciliten una distintividad clara y rápida.
e) Relacionada estrechamente con lo anterior, si el sujeto
procede de un sistema familiar desestructurado o disfuncional (malos tratos,
autoritarismo, sobreprotección, carencias afectivas, comunicación
interpersonal coercitiva, carencia de apoyo,...) aumentará la probabilidad
de encontrar en otro grupo de personas (sectario o no) la satisfacción
de la necesidad humana de afiliación o pertenencia.
f) También en relación con los dos puntos anteriores,
una pobre educación u orientación durante el desarrollo del
sujeto como persona puede conducir a desadaptaciones de tipo social, de tal
modo que, de adulto, se sienta amenazado por el ritmo social, desarraigado,
carente de valores sólidos, insatisfecho con la vida que lleva, desilusionado,
y, en fin, carente de interés o sobrepasado por las ofertas socioculturales,
con lo cual se puede entender o explicar fácilmente el ingreso en una
secta como forma de conseguir cierta "estabilidad social", al encontrar
en el grupo una microsociedad perfectamente regulada y estucturada que "ordenará"
la vida del sujeto mientras no se cuestione sus normas.
g) Ignorancia de las maniobras "manipuladoras"
de las sectas. Naturalmente, quien no esté prevenido ante las técnicas
y tácticas de captación, adoctrinamiento o conversión
y retención de las sectas puede ser "engañando" o
"programado" con mayor facilidad que otros con una postura más
crítica ante esos contenidos y formas.
h) Condición física y psicológica del
sujeto. Podrían considerarse facilitadores de la captación sectaria
todos aquellos factores propios de la constitución del sujeto que de
una u otra forma limiten sus capacidades de autocontrol e independencia, ya
sean discapacidades físicas, enfermedades crónicas, o trastornos
de personalidad u otras psicopatologías.
En suma, al igual que otros sistemas de creencias mayoritarios
(como las grandes religiones, por ejemplo), los sistemas de pensamiento y de
conducta sectarios están diseñados para atender a necesidades
humanas perentorias: felicidad, bienestar, estabilidad emocional, pertenencia,
afiliación, sentido existencial, comunicación interpersonal, ...
Por eso existen las sectas y cuentan con adeptos, porque tienen una clara funcionalidad.
Para poder calificar al grupo sectario como destructivo o beneficioso para el
desarrollo del individuo y de la sociedad habrá que fijarse, como ya
se ha comentado, en la congruencia entre los fines explícitos o publicitados
que se supone que persigue el colectivo y los implícitos de sus líderes
o de quienes ostenten el poder de la organización, en el grado de realidad
/ racionalidad de esos fines generales y en la legalidad de las conductas diarias
que se proponen para conseguirlos, aspectos que los individuos con mermas en
sus capacidades intelectuales quizá no puedan analizar con la necesaria
claridad.
Como en otras cuestiones de la vida, en el tema del alivio
del malestar humano hay personas que aprenden a aprovecharse de los momentos
de debilidad de sus semejantes para conseguir grandes beneficios propios (lucro,
poder, percepción de control, sexo,...) a costa del trabajo gratuito
de los otros o a cambio de muy poco. Para ello han perfeccionado sistemas de
engaño, puesto que por las buenas nadie consiente ser explotado. En el
caso del sectarismo destructivo en general, se observa que las organizaciones
cuentan con técnicas para seleccionar a los individuos más frágiles.
Para ello despliegan a modo de anzuelo coberturas (tipo consultas psicológicas,
actividades esotéricas, movimientos asociacionistas, charlas sobre temas
espirituales, cursillos de crecimiento personal, ...) enfocadas hacia colectivos
que estén buscando algo que sintonice con el mensaje público del
grupo sectario particular. Bajo la presentación de un mundo que al sujeto
le parece idílico cuando lo compara con el mundo del que proviene, se
engaña al sujeto ocultándole los verdaderos objetivos de la cúpula
de la organización a través del manejo selectivo de la información,
se utiliza la presión del grupo y los datos personales que el sujeto
haya facilitado para generarle necesidades "a medida" y se apuntan
las soluciones perfectas a esas necesidades, con lo que aumenta el atractivo
del grupo y se van demoliendo posibles desconfianzas iniciales.
Una vez filtrados, seducidos o captados los individuos más
sensibles al mensaje, algunas sectas aplican técnicas de persuasión
coercitiva ("lavado de cerebro") para adoctrinar / convertir a los
adeptos, lo que pasa por destruir al menos en parte su personalidad anterior
y por sustituir los elementos que conforman el estilo de vida. Esto se consigue
aislando (por ejemplo limitando el acceso a fuentes de información
externas a las del grupo, prohibiendo ciertas lecturas bajo el argumento de
que son dañinas, restringiendo o eliminando las relaciones con personas
que puedan cuestionar la nueva vida del adepto, ...), controlando las conductas
(limitando la libertad de movimientos, reteniendo documentación identificativa,
obligando a dar cuenta puntualmente de los actos, programando con detalle las
rutinas diarias, desalentando actividades ajenas a las del grupo, ...), propiciando
la identidad con el grupo y la despersonalización (a través
de la uniformidad en el vestir, en la expresión, en la educación
de los niños, la jerarquización estricta, temas tabú, culto
al líder y a la confesión, administración de refuerzos
y castigos intermitentes o aleatorios, supresión de la propiedad o su
entrega al grupo,...), y manipulando las condiciones fisiológicas
(sueño, alimentación, conductas sexuales, ejercicios respiratorios,
conductas monótonas ritualizadas que provocan fatiga, ejercicios respiratorios
que modifican los estados de conciencia, ...).
Para mantener el engaño y así retener al adepto
al servicio de la organización se ha de continuar con el empleo de las
técnicas persuasivas. Con ello los cambios conductuales de los sectarios
se vuelven en poco tiempo muy evidentes, y la familia y los amigos de los adeptos
detectan la existencia del problema enseguida. Habrá familias que no
se preocupen por ello, pero otras más estructuradas o funcionales acusarán
esta nueva situación y sufrirán con el alejamiento del adepto
y la toma de conciencia del engaño en que la persona querida está
cayendo. El papel de estas familias o amigos es fundamental si se desea combatir
la influencia de la secta en el adepto, puesto que en ellos reside la responsabilidad
de influir sobre el sujeto para que pueda cuestionarse el modo de vida sectario.
Pero esta misión no es nada fácil. Para ello tendrán que
aprender con ayuda externa y profesional tanto a mantener el contacto con el
sujeto como a plantearle dudas de una manera eficaz, de tal forma que se consiga
poco a poco que el adepto hable cada vez más con ellos o con algún
especialista. En este aprendizaje la familia quizá tenga que cuestionarse
su propia dinámica, identificando y corrigiendo estilos de comunicación
disfuncionales que puedan haber contribuido al alejamiento del adepto. Tras
un tiempo de incertidumbre, en el que no conviene desesperar, se conseguirá
que el adepto se vaya dando cuenta del engaño, momentos en los que la
familia y los terapeutas tienen que seguir prestándole apoyo hasta que
logre su rehabilitación psicosocial, puesto que mientras estuvo "encadenado"
a la secta no sólo perdió capacidades sociales y laborales, sino
que con mucha seguridad generó trastornos o alteraciones psicológicas
(problemas de memoria, de atención, deterioros en el pensamiento racional,
en la emocionalidad, en la toma de decisiones, desidentificación con
el pasado biográfico, trastornos de la alimentación, sexuales,...).
En España trabaja desde hace veinte años un colectivo
denominado "Asesoramiento e Información Sobre Sectas" (AIS),
de ámbito estatal, carácter privado, sin ánimo de lucro
y calificado de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior. Ha formado
a profesionales en la salud que pueden ayudar y asesorar a las familias de las
personas captadas por sectas destructivas, y se dedica a la recopilación
y difusión de material informativo sobre la problemática sectaria
a nivel nacional e internacional. Muchas de las ideas contenidas en este apartado
del artículo se han inspirado en los documentos que AIS difunde en Internet
a través de sus páginas web (http://personal.redestb.es/ais/docs.html),
en las que también aparecen más de un centenar de interesantes
referencias bibliográficas, por lo que quien quiera profundizar en el
conocimiento del fenómeno sectario podrá encontrar guías
interesantes a través de las informaciones facilitadas por esta asociación,
tal y como nos ha ocurrido a los autores del presente trabajo. BIBLIOGRAFÍA
Altarejos, F., Polaino-Lorente, A. y López-Escobar,
E. (1999). Tres reflexiones sobre sectas (Educación - Psiquiatría
- Opinión pública). Cuadernos del Instituto Martín
de Azpilcueta. Navarra: Gráfica Ediciones.
Bosch, J. (1981). Iglesias, Sectas y Nuevos Cultos.
Barcelona: EDB.
Ferrari, G. (1991). Come orientarsi nel multiforme mondo
delle sétte: Sette e Religioni.
Guerra, M., Azcona y F., Lorda, J. L. (1999). Sectas:
¿De qué hablamos? Historia de las religiones, sociología y evangelización.
Cuadernos del Instituto Martín de Azpilcueta. Navarra. Gráfica
Ediciones.
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de Ciencias Criminológicas. Barcelona.
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Barcelona: Ediciones B.S.A.
Salarrullana, P. (1990). Las sectas. Madrid: Temas
de Hoy.
Sanchez Nogales, J. L. (1995). Movimientos religiosos
alternativos, nostalgia y patología.
Tello, A. (1979). Los Niños de Dios, El Templo
del Pueblo y otras nuevas sectas. Barcelona: Bruguera.
Wilson, B. (1970). Sociología de las Sectas Religiosas.
Madrid: Guadarrama.
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