Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.
Papeles del Psicólogo, 2001. Vol. (78).
Carmen Lapuerta Torres.
Asesoría Jurídica COP.
Frente al Real Decreto 249071998 de 20 de noviembre por el que se crea y regula el Título Oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, han sido interpuesto cuatro recursos, si bien no todos con el mismo fundamento ni dirigidos a impugnar la norma en toda su extensión.
El primero fue el interpuesto por la "Asociación Gallega de Psicólogos Clínicos Psicoterapeutas Practica Privada". Tras su reparto correspondió su conocimiento a la Sección 4ª Sala 3ª, de Tribunal Supremo, siéndole asignado el número de recurso 1/43/99. Impugna esta asociación la regulación dada por la norma impugnada en su Disposición Transitoria Tercera, por cuanto que en la misma se regula las vías transitorias de obtención del titulo por quienes están colegiados para el ejercicio profesional.
El Colegio Oficial de Psicólogos se ha opuesto al recurso presentado, personándose en el procedimiento.
Apoyan asimismo la legalidad del Real Decreto el Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña, la Asociación de Psicólogos Clínicos y de La Salud del Insalud y la Asociación Española de Psicología Clínica y Psicopatología.
El recurso se encuentra pendiente de que se señale día para la votación y fallo.
El segundo de los recursos, fue el interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. Este recurso se sigue, al igual que el anterior, ante el Tribunal Supremo, Sala 3ª Sección 4ª, con el número de recurso 1/49/99. El recurso se formula contra la Disposición Adicional Tercera, que regula los efectos de la creación del Titulo de Psicólogo especialista en relación con otros profesionales.
El Colegio Oficial de Psicólogos se opuso igualmente al recurso formulado, para lo cual se personó en el procedimiento.
Lo mismo hicieron el Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña, la Asociación de Psicólogos Clínicos y de la Salud del Insalud, la Asociación Española de Psicología Clínica y Psicopatología, la Asociación Española de Neuropsiquiatría, la Asociación Nacional de Psicólogos Internos Residentes.
En este recurso nos encontramos en período de práctica de prueba.
El tercer recurso es el formulado por la Sociedad de Psiquiatría Legal, la Sociedad de Psiquiatría, la Sociedad Española de Psiquiatría Biológica, la Sociedad Española de Psicoanálisis, se sigue así mismo ante el Tribunal Supremo, Sala 3ª Sección 4ª, con el número de recurso 1/48/99. El recurso, al igual que el anterior, se formula contra la Disposición Adicional Tercera, que regula los efectos de la creación del Titulo de Psicólogo especialista en relación con otros profesionales.
El Colegio Oficial de Psicólogos en defensa de la legalidad del Real Decreto se personó en el recurso.
Figuran personados también, el Colegio Oficial de Psicólogos, Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña, la Asociación de Psicólogos Clínicos y de la Salud del Insalud, la Asociación Española de Psicología Clínica y Psicopatología, la Asociación española de Neuropsiquiatría, y la Asociación Nacional de Psicólogos Internos Residentes (ANPIR).
Por último, existe un cuarto recurso interpuesto por la Asociación Gallega de Psicólogos Clínicos Privados, impugna todo el Real Decreto, y subsidiariamente la Disposición Transitoria Tercera, por cuanto que en la misma se regula las vías transitorias de obtención del titulo por quienes están colegiados para el ejercicio profesional.
Se sigue este recurso ante el Tribunal Supremo, Sala 3ª, Sección 3ª, con el numero de recurso 1/154/99
Al igual que en los recursos anteriores el Colegio Oficial de Psicólogos se personó en defensa de la legalidad del Real Decreto.
Figuran personados, el Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña, la Asociación de Psicólogos Clínicos y de la Salud del Insalud, la Asociación Española de Psicología Clínica y Psicopatología.
Actualmente se encuentra en trámite de conclusiones.