Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.
Papeles del Psicólogo, 2001. Vol. (80).
Vicent Bermejo i Frígola
Presidente de la Comisión Deontológica Estatal del Colegio Oficial de Psicólogos-España.
El Código Deontológico del Psicólogo y su respetuoso cumplimiento es uno de los símbolos más emblemáticos de garantía de buen hacer y de calidad tanto para el ejercicio profesional como para la organización corporativa que agrupa y representa a los psicólogos españoles.
Después que se reconoció al Colegio Oficial de Psicólogos como la corporación de Derecho Público encargada de velar y proteger el buen hacer profesional de los psicólogos, el Código Deontológico del Psicólogo ha sido un hito muy importante en nuestra historia institucional de la psicología pues permitió establecer aspectos fundamentales de la regulación de su ejercicio de esta profesión. Sin embargo, en el equilibrio que debe existir, de un lado, entre los avances de la investigación en psicología y, de otro, los desarrollos de su deontología profesional, conviene permanentemente revisar si ese equilibrio se ha inclinado o se ha roto, si se necesita alguna corrección o hace falta la previsión de nuevas regulaciones que respondan a las necesidades que cada momento va evidenciando. Así pues, se hace necesario promover el estudio o la investigación en el campo de la deontología psicológica para poder verificar si la regulación deontológica está a la altura de las necesidades o es necesario alguna forma de actualización.
Aunque en España el ámbito académico se ha pronunciado con rotundidad a favor de vincular la formación universitaria de los futuros psicólogos a un conocimiento práctico, y en ese terreno se han realizado sin duda muchos esfuerzos muy valiosos y se han producido destacados cambios, sin embargo todavía hoy sigue vigente lo que dice el Informe de la Conferencia de Decanos de Facultades de Psicología de 1998 cuando reconoce que "la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exigen la aplicación de conocimientos y métodos científicos es nuestra asignatura pendiente." Pues bien, algo similar parece cabe decir de la deontología de la psicología, materia que está muy escasamente presente en los mismos planes de estudio.
Sin embargo, no hay la menor duda de que en la preparación para el ejercicio de actividades profesionales del psicólogo es indispensable la formación en deontología profesional. Para ello es previo disponer de instrumentos y materiales de trabajo suficientes que permitan un estudio académico o profesional de sus contenidos. Esta materia ha sido vista en el pasado (y quizás todavía lo sea en el presente) como un modo de fomentar cierto corporativismo mal entendido frente a los supuestos ataques que la profesión puede sufrir.
En contra de esa posición, por fortuna, más bien parece imponerse en el momento actual que la deontología es una garantía de respeto cívico a los usuarios de la psicología y como un conjunto de deberes de obligado e inexcusable cumplimiento de quien quiera ejercer la psicología con profesionalidad. Para ello, no sólo interesa que los futuros psicólogos conozcan los deberes deontológicos profesionales mediante alguna disciplina académica que introduzca a este campo o mediante lo que en el ambito académico se regule, sino que se hace necesario también que el sentido del respeto al ser humano penetre y esté presente impregnando todo los materiales y las actividades que ayudan a iniciarse en la psicología profesional. Es decir, interesa que el sentido de respeto cívico a la persona y la actuación responsable frente a tales personas no sea un simple ideal ético a admirar y venerar, sino una conducta plenamente incorporada a los enfoques profesionales que los psicólogos desempeñen en todos los ámbitos, de tal modo que quede manifiestamente a la vista en todas nuestras actuaciones de la profesión de psicólogo.
Con todas estas razones, desde la Comisión Deontológica Estatal se ha promovido dar a conocer documentos que fomenten el estudio de nuestra materia y contrasten nuestra actualización deontológica, al igual que es de utilidad estimular la inquietud de la investigación en todo este campo. Entre tales documentos parece muy oportuno dar a conocer uno de gran interés para nosotros: el METACÓDIGO DE ÉTICA de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA), cuyo texto fue aprobado y adoptado por la Asamblea General de la EFPA en Atenas el 1 de Julio de 1995. Se trata de un documento que nos atañe directamente por cuanto la organización que es el Colegio Oficial de Psicólogos es asociación miembro componente de dicha Federación; y asimismo este documento es un marco de referencia y contraste en el que debe estudiarse nuestro Código con el fin de evaluar si recoge y desarrolla suficientemente los principios y regulaciones que contempla el METACÓDIGO. Por lo tanto es necesario, de acuerdo a lo que señala el párrafo final del Preámbulo de dicho METACÓDIGO, que "los Códigos Éticos de las asociaciones miembro deberán fundamentarse y evitar contradicciones con los principios éticos que se especifican a continuación". Nada más natural, por tanto, que verificar o realizar lo que proceda en nuestro Código en un futuro. Por otro lado, el Colegio de Psicólogos se encuentra en un momento de crecimiento: en los últimos meses se han venido erigiendo nuevos Colegios independientes en diferentes autonomías, todo lo que está dando lugar a nuevas estructuras institucionales y organizativas. Es de prever que en un futuro ya muy próximo se creará el Consejo de Colegios de Psicólogos. Ante tales circunstancias es indispensable revisar la actualización de nuestro Código Deontológico del Psicólogo y para ello nada mejor que ponerlo en contraste y diálogo con el METACÓDIGO DE ÉTICA DE LA EFPA. Pues consecuentemente a esta renovación estructural de todo el Colegio, debe hacerse según corresponda o se vea aconsejable con nuestro Código. Ahora bien, en cualquiera de los supuestos, este documento tiene un destacado interés para todos los psicólogos españoles pues es nuestra referencia europea en asuntos deontológicos.
El Código Deontológico del Psicólogo fue publicado como una separata de las publicaciones del Colegio en primera edición en 1987; desde entonces ha gozado y sigue gozando de posterior difusión. En cuanto al METACÓDIGO no se ha editado anteriormente en castellano en nuestras publicaciones: se disponía de una traducción a la que se dio una difusión muy limitada dentro del Colegio. La traducción que ahora se publica ha surgido en el marco de una tarea investigadora más amplia realizada por Carmen del Río Sánchez, Vice-Presidenta de la Comisión Deontológico Estatal, quien ha estudiado y revisado dicha traducción, tareas todas ellas que merecen nuestro reconocimiento y agradecimiento.
Por último sólo me queda recomendar la lectura y estudio del texto del METACÓDIGO a todos los colegiados. La deontología es una tarea de todos los profesionales psicólogos: es un deber y una responsabilidad de todos nosotros conocer bien los principios y fundamentos que deben regir nuestra conducta profesional; a lo que, sin duda, este texto puede ser un muy útil documento.