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Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.

PAPELES DEL PSICÓLOGO
  • Director: Serafín Lemos Giráldez
  • Última difusión: Enero 2024
  • Periodicidad: Enero - Mayo - Septiembre
  • ISSN: 0214 - 7823
  • ISSN Electrónico: 1886-1415
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Papeles del Psicólogo, 2000. Vol. (76).




CAMBIOS ACTUALES Y PERSPECTIVAS DE FUTURO DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA ESTATAL

Vicent Bermejo Frígola.

Presidente de la CDE y de la CD del País Valenciano

En la reunión de la Comisión Deontológica Estatal (en adelante, CDE) del pasado día 26 de febrero tuvo lugar una renovación de cargos en el interior de esta Comisión. Con esta excusa, me pareció oportuno darlos a conocer, recordando también cierta información de la breve historia de dicha Comisión así como de su funcionamiento. Espero con ello contribuir a una transparencia de lo que allí acontece, tarea no fácil de cumplir debido a la prudencia, discreción y sentido del respeto en la que deben resolverse sus asuntos.

En cualquier caso, parece una necesidad sentida por la mayoría de los colegiados una más amplia información sobre temas deontológicos. De hecho, respondiendo a ese deseo, en números anteriores de INFOCOP ya se han publicado colaboraciones dando a conocer problemas y temas deontológicos o informando del funcionamiento de la CDE. Por ello, espero que en el futuro, conjuntamente con todos los componentes de la CDE, podamos abordar ese deseo mayoritario pudiendo establecer un diálogo más amplio entre la Comisión y los medios de comunicación del Colegio.

Los antecedentes y el funcionamiento de la Comisión Deontológica Estatal

La CDE del Colegio Oficial de Psicólogos (COP) y del Col.legi Oficial de Catalunya (COPC) se constituyó conjuntamente por primera vez y de forma interina el 29 de Noviembre de 1991. Hasta que la CDE concluyó su constitución propiamente dicha, antes y después mediaron las siguientes etapas o pasos:

a) En primer lugar, el compromiso de desarrollar el CÓDIGO DEONTOLÓGICO PARA LA PROFESIÓN DE PSICÓLOGO adquirido en el I Congreso del COP, celebrado en Madrid en mayo de 1984;

En segundo lugar, la aprobación del CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PSICÓLOGO por la Junta de Gobierno el 22 de mayo de1987 y, posteriormente, por Junta o Asamblea General el 23 de marzo de 1993;

En tercer lugar, los sucesivos acuerdos e iniciativas en las Delegaciones, en las Juntas Rectoras (creando Comisiones Deontológicas de Delegación o Coordinadores provisionales para promover su constitución) y, sobre todo, en la Junta de Gobierno Estatal que culminaron en la constitución de dicha Comisión (CDE).

Con posterioridad a Noviembre de 1991 (fecha de la primera reunión de la CDE), se aprobó el Reglamento de la CDE del COP, previa elaboración del proyecto en el seno de la misma CDE (fundamentalmente a cargo de los Presidentes de Comisiones Deontológicas (CD) de Madrid y Murcia, Angel Puerta y Carmen Batres): fue en la Junta de Gobierno Estatal del 7 de Noviembre de 1992.

El funcionamiento de forma interina concluyó cuando se llevaron a cabo las primeras elecciones en el seno de la CDE, lo que tuvo lugar en la reunión de 29 de Enero de 1993.

Únicamente tuvieron lugar dos reuniones conjuntas de la CDE del COP y del COPC: la antes nombrada de Noviembre de 1991, que fue la constitutiva, y la siguiente, la del 17 de Enero de 1992. A las reuniones posteriores el COPC ya no acudió debido a la ruptura del Convenio de Colaboración entre el COP y el COPC.

Los sucesivos Estatutos del Colegio previeron la creación y el funcionamiento de las Comisiones Deontológicas de Delegación y de la misma CDE. La ausencia de aprobación gubernamental de dichos Estatutos, y la cantidad de modificaciones que han tenido que introducirse en su texto en un muy largo y muy dilatado proceso de negociación y tramitación, han creado dificultades y cierta desorientación en muchos momentos a lo largo de todos estos años. La aprobación de los Estatutos del COP por el Ministerio correspondiente ha resuelto un importante problema y ha dado una mayor seguridad jurídica a las funciones de la CDE.

Como es sabido, la CDE está constituida por todos los Presidentes de las respectivas Comisiones Deontológicas de cada una de las Delegaciones del COP. Como mínimo es reglamentario reunirse dos veces por año en reunión plenaria. Dentro de la CDE hay una Comisión Permanente formada por los cuatro cargos elegidos en su interior (Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vicesecretario) junto el asesor jurídico del COP, debiendo estar presente en todas las reuniones (tanto plenarias como de Permanente) con voz y sin voto. La Comisión Permanente resuelve los asuntos y los expedientes por el procedimiento de urgencia; mientras que los asuntos y expedientes de carácter o procedimiento ordinario son resueltos por el pleno de la CDE. En las reuniones plenarias de la CDE también asiste reglamentariamente un representante de la Junta de Gobierno, igualmente con voz y sin voto, a quien se le encomienda el papel de enlace entre Junta y CDE.

Todo ello hace ver que la CDE es una Comisión con unas características especiales: lo principal es que sus decisiones, tomadas conforme al Reglamento y a los Estatutos, son vinculantes en cuanto al régimen disciplinario o de sanciones, y tienen carácter asesor o consultivo en cuanto a los temas deontológicos y profesionales. En cuanto al régimen disciplinario, puede ser un órgano de segunda instancia si ya fue examinada y resuelta la queja en la CD de la Delegación; actuando de primera instancia si alguna Delegación no tiene CD, como ha ocurrido en alguna ocasión.

Así pues, la CDE tiene un papel relevante, no es un órgano ejecutivo y, aunque goza de autonomía funcional e independencia siguiendo los criterios del CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PSICÓLOGO, está al servicio del Colegio, de su Asamblea General y de sus órganos de Gobierno. Como quiera que los fines esenciales de todo Colegio Profesional es la ordenación del ejercicio profesional y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, todo ello está íntimamente ligado al punto de vista deontológico; de ahí la relevancia de esta Comisión a la que se le encomienda la atención a los fines principales de la institución colegial, la ordenación y defensa de la profesión conforme al punto de vista deontológico o del buen hacer profesional. Pero, en cualquier caso, sus decisiones siempre están en rango jerárquico por debajo de la Junta de Gobierno. Conforme a ello, las sanciones que aprueba la CDE deben ser ratificadas y ejecutadas por decisión de la Junta de Gobierno; la CDE simplemente las propone y las eleva a la Junta. De modo similar actúan las CD de las Delegaciones con sus Juntas Rectoras.

Un desarrollo armónico del Colegio Profesional, requiere un paralelo desarrollo de un órgano (como en este caso es la CDE) que atienda estos asuntos de modo que la profesión crezca hacia el mejor posible quehacer psicológico y que proteja a la mayoría de los profesionales de los abusos que algunos puedan cometer en nombre de la profesión de psicólogo; pues su funcionamiento repercute en el conjunto de los colegiados. Este aspecto es tan importante como el papel asesor que tienen estas Comisiones.

Cambios en los cargos de la CDE

Durante el período en el que la CDE tuvo que funcionar de forma interina desempeñó el papel de Coordinador Estatal Alejandro Ávila: lo hizo desde que la Junta de Gobierno le delegó esta función y tuvo lugar la primera reunión; prosiguió en la Comisión hasta que salieron elegidos los cargos de la CDE, lo que tuvo lugar en la reunión de 29 de Enero de 1993. A partir de aquí en la representación de la Junta de Gobierno se destacó el representante del País Valenciano Francesc Campos i Alemany, quien llegó a ejercer ambas funciones (la representación de Junta y la de Delegación), aunque no simultáneamente. Posteriormente se ha hecho cargo de dicha presencia y representación el Vicedecano Primero del Colegio, Eduardo Montes.

Tal como he dicho anteriormente, en la mencionada reunión del 29 de Enero de 1993 fueron elegidos los cargos por primera vez: en ese momento fue cuando la CDE pudo considerarse plenamente constituida. El primer presidente fue Antonio Aguado Diaz, Presidente de la Comisión Deontológica de la Delegación Norte. Lo fue hasta la reunión del 29 de Enero de 1994. Con ocasión de determinar la presencia de un representante de la CDE en un Congreso Internacional, el debate se enzarzó en una discusión que acabó siendo interpretado como de cierta discrepancia entre la CDE y la Junta de Gobierno. El entonces Presidente de la CDE se sintió desautorizado, después de una votación en la que no había unanimidad, y presentó la dimisión definitivamente irrevocable en la fecha antes señalada de 1994.

La siguiente elección tuvo lugar en la reunión del 21 de mayo de 1994, en la que salió elegida Carmen Batres Marín-Blázquez y quien ha ejercido dicho cargo hasta febrero de 2000. Previamente había sido Vicepresidenta en la anterior elección. Ha dejado su cargo para poder emplearse en otras tareas de la organización del Colegio, si sus previsiones se cumplen en la Delegación que procedía: era Presidenta de la CD de Murcia. El período de su presidencia estatal hay que destacarlo porque ha permitido una consolidación de la CDE, pues en su seno se ha adquirido una metodología de trabajo en cuyo orden teórico y lógico ha jugado su papel junto con los restantes miembros. La tarea no era sencilla: se trataba de establecer a) unos pasos metodológicos para ir ejecutando la resolución de los expedientes estudiados, b) unos criterios de juicio en el examen de toda la documentación contenida en cada uno de los expedientes, y c) todo ello conforme a derecho y conforme a criterios profesionales y deontológicos propios del psicólogo. Aunque los logros indudablemente han sido colectivos, contribuyendo a ellos muchos compañeros, el que se ejerza la presidencia con discreción y estímulo, coordinando el trabajo de todos, es un mérito en absoluto desdeñable.

También de su período de presidencia quiero destacar algunos nombres en razón de su más prolongada continuidad: en primer lugar el de Angel Puerta Garrido, Presidente de la CD de la Delegación de Madrid; se destacó con Carmen Batres en la redacción del Reglamente de la CDE, como lo he dicho anteriormente, y ha ejercido largo tiempo y ejerce de Secretario. También ha tenido relevancia Gabriel Carrasco Bosch, quien ha ejercido de Vicepresidente hasta la actualidad y es Presidente de la CD de Baleares. Y muchos otros que ya no nombro para no extenderme más de lo necesario, aunque sin duda con contribuciones sobresalientes y memorables.

Los asuntos deontológicos no pueden improvisarse ni resolverse con rapidez: requieren tiempo y que alcancen cierto asentamiento. Los años transcurridos hasta su plena normalización no han sido en vano. La CDE en su evolución, por encima de protagonismos personales, ha sido y es una empresa amplia y plural, con diversidad en la representación, y con consenso mayoritario en sus actuaciones: no se ha permitido en su funcionamiento el triunfo de una escuela u opción teórica sobre otras pues han primado criterios deontológicos sin sectarismos, es decir, se ha mantenido por encima una visión global y polivalente. Una lectura de las actas de sus reuniones lo acredita. Por ello, en la consolidación de las funciones de la CDE de forma plural y con predominio del consenso ha tenido su discreta, pero no por ello menos destacable, contribución quien ya es ex Presidenta de la CDE, Carmen Batres; por lo que es de reconocer su aportación para la protección de la profesión de psicólogo.

En la reunión del 26 de febrero pasado quedó conformada la CDE de acuerdo a la lista de cargos y componentes que se adjunta a esta información al término de la misma.

Perpectivas futuras de la CDE

Las quejas que han sido examinadas en las CD y en la CDE nos han proporcionado un muestreo de problemas y una experiencia que, entiendo, es nuestro deber repercutir sobre la comunidad profesional de psicólogos. Los años transcurridos han sido ante todo de consolidación de estos instrumentos de la vida interna colegial, pero en nuestro futuro ese esfuerzo debe traducirse en una mayor conciencia de todos los colegiados acerca de la importancia e índole de estos problemas. Es decir, en una mayor intercomunicación entre Comisiones Deontológicas y colegiados, y en un mayor desarrollo de todo un ámbito que es necesario estudiar y profundizar, traduciendo el conocimiento acumulado en estímulo de cambios futuros que veamos convenientes.

La transformación de la red de Delegaciones en nuevos Colegios autónomos va a dar lugar a una importante renovación en la organización y en la estructura del COP. La experiencia adquirida en las CD y en la CDE debe ayudar a revisar los aspectos en los que tales Comisiones son competentes, vertiendo su experiencia en la redacción de los nuevos Estatutos que vayan surgiendo, así como en todos los instrumentos organizativos en los que interviene el punto de vista deontológico profesional. Por otro lado, la CDE deberá posibilitar los pasos necesarios para que un órgano de similares características al actual pueda atender las necesidades que presenta la profesión de Psicólogo en todo el Estado Español de acuerdo a ese desarrollo organizacional futuro, integrándose del modo que mejor se prevea, como órgano asesor o vinculante (en este último caso, en los supuestos disciplinarios) junto al futuro Consejo de Colegios Oficiales de Psicólogos, previéndose su desaparición en la forma que adopta actualmente o modificándose sustancialmente.

El CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PSICÓLOGO ha ido desplegando sus virtualidades, pero también ello ha permitido mostrar sus aspectos perfectibles. Una colaboración en PAPELES firmada por Mª Francisca Colodrón Gómez (Psicología educativa y deontología profesional, 1998, 71, 44-47) destacaba algunas formulaciones más explicitas, en otras normativas para psicólogos, sobre el consentimiento que debe dar el usuario de servicios psicológicos a toda intervención psicológica, en comparación a la que recoge nuestro CÓDIGO; es decir, si bien ese aspecto lo indica nuestro CÓDIGO, esta indicación podría alcanzar formulaciones más claras y didácticas con el fin de asegurar un mejor conocimiento de todo ese aspecto. Al igual que éste, muchos otros aspectos quedan pendientes.

En ese sentido, considero que uno de los terrenos teóricos más flagrantemente descuidado de nuestra tarea profesional es el (por ahora, muy escaso por no decir nulo) estudio e investigación de los vínculos existentes entre el tema de los derechos humanos y la psicología. Esto se hace particularmente evidente en el estudio deontológico del ejercicio de la profesión de psicólogo. Me parece que no se acostumbra a explicar que el objeto de nuestra profesión no es un sujeto abstracto; pues contrariamente a ello es ante todo un sujeto de derechos, y el referente fundamental de tales derechos viene dado por los derechos humanos. Éste es un amplio campo de trabajo y de investigación que debemos promover su estudio en el ámbito de nuestra profesión; pues, como digo, donde este campo queda claramente a la luz es al abordar el estudio de la deontología de la profesión de psicólogo. Algo de esta preocupación, por ejemplo, comienza a percibirse en una publicación del Colegio como es el ANUARIO DE PSICOLOGÍA JURÍDICA, en iniciativas de formación en psicología jurídica o en otras publicaciones. Precisamente en otra colaboración en INFOCOP de Antonio Coy Ferrer (¿Tiene futuro la Psicología Jurídica?, 3, 1998, 38-41) llamaba la atención de los problemas que en derechos del menor y en derecho en general plantean las intervenciones psicológicas en menores así como los riesgos a los que se puede ver arrastrado un psicólogo si se ignoran ciertos principios de derechos del menor y de derechos en general; en particular, cuando intervienen asuntos de guarda y custodia. Pero aquí nos queda camino para andar.

Por último, entiendo que todas las CD deben implicarse en una tarea divulgativa, preventiva, de estímulo y de conocimiento, de estudio y de divulgación de los temas deontológicos, tanto dentro del Colegio como en el ámbito universitario donde se están formando los futuros titulados en psicología que se colegiarán para el ejercicio de la profesión.

En resumen, la deontología es un asunto que precisa del interés y de la colaboración de todos los psicólogos, si estamos convencidos en que nuestra profesión y la organización colegial que la sustenta sigan creciendo como lo ha hecho hasta ahora en los últimos años: no nos podemos permitir en todo ello descuidos de ningún orden (menos todavía descuidos debido a un deficitario ejercicio profesional desde el punto de vista deontológico), pues se juega en ello nuestro prestigio futuro de la profesión de psicólogo. Algunos errores profesionales de algún psicólogo que hemos podido leer en prensa o que hemos conocido en otros ámbitos nos dejan a la luz con claridad este problema. Por lo tanto, es un asunto que requiere la responsabilidad de todos los psicólogos profesionales.

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